La Ley Antiterrorista: el juego de las diferencias y la miserabilidad política

El 19 de enero de 1974, el Ejército Revolucionario del Pueblo atacó la guarnición del Ejército Argentino de la ciudad de Azul, Provincia de Buenos Aires.
Buscando con Google, puede encontrarse el siguiente enlace que, para aquellos que quieran tener un panorama general de lo que pasó ese día, y sobre todo lo que pasó después como consecuencia de esos hechos, está bastante completo:
El ataque fue repudiado por la Juventud Peronista, que en ese momento consideraba que existía un gobierno popular, y constitucional, y que no correspondía utilizar en su contra la violencia, aún cuando existieran numerosos problemas y dudas respecto del cumplimiento de las expectativas con las cuales había asumido el 25 de mayo de 1973. Debe recordarse que el 20 de junio de 1973 se había producido un ataque de la derecha peronista a las columnas de la JP que se habían movilizado a Ezeiza para recibir a Perón el día de su regreso definitivo al país, que terminó en una masacre que no fue repudiada por Perón, quien en cambio afirmó que "la juventud está cuestionada". Posteriormente, el 13 de julio de 1973 había renunciado Héctor J. Cámpora, producto del hostigamiento de la derecha peronista también tolerado por el líder. En su reemplazo había asumido Lastiri, yerno de José López Rega, figura emblemática del sector enfrentado con la juventud. En octubre, finalmente, Perón asumió su tercera presidencia, y los grupos juveniles de la llamada "tendencia" aún abrigaban la esperanza de que el proceso pudiera reconducirse, aunque las relaciones con el líder habían quedado totalmente deterioradas luego del atentado que costara la vida del dirigente sindical José Ignacio Rucci, que no fue asumido por ninguna organización pero que selló la suerte de la relación entre Perón y la JP.
Además de la crítica ya mencionada al copamiento del cuartel, la JP consideró que estos hechos sólo favorecían la provocación de la derecha, y debilitaban a los pocos dirigentes políticos que, como Oscar Bidegain, gobernador de la Provincia de Buenos Aires, tenían buenas relaciones con la juventud.
La consecuencia de estos hechos fue que Bidegain fue desplazado de la gobernación de la Provincia de Buenos Aires, y Perón envió al Congreso de la Nación un proyecto de Ley Antiterrorista.
A pesar de su posición pública crítica respecto del uso de la violencia estando en funciones un gobierno constitucional, la Juventud Peronista no acordaba con la sanción de una ley represiva, puesto que sostenía que ello iba a servir para perseguir a los militantes populares, más que para que los grupos como el ERP cesaran su guerra contra las fuerzas armadas "contrarrevolucionarias". Tuvieron el coraje de decirlo públicamente, y sus diputados solicitaron y obtuvieron una audiencia con el Presidente y líder del movimiento al cual pertenecían. Perón les concedió la audiencia, y también fue público el debate. Escuchó los argumentos, no los compartió, mantuvo su posición y les dijo que si no estaban de acuerdo debían irse del bloque y del movimiento peronista.
Antes que renunciar a sus principios, y no dispuestos a abandonar el movimiento peronista en esa instancia, renunciaron a sus bancas de diputados. La historia posterior demostraría la esterilidad de ese gesto histórico para modificar el rumbo de los acontecimientos. Numerosos errores, anteriores y posteriores, de la JP y de Perón, terminarían en una tragedia, de la cual no fueron los únicos responsables, pero esa es otra historia también conocida.
Pero ése, ése no fue un error. Esa fue una lección de honestidad política como pocas veces se han visto en la historia política argentina posterior. Aún repudiando el accionar del ERP, estuvieron dispuestos a discutir públicamente con la figura que ostentaba el liderazgo y la autoridad política del movimiento al que pertenecían y del país, y sostuvieron que la represión no era el camino. Y aún quienes consideran que la categoría de "terrorismo" no es apropiada para definir a las guerrillas de los años 70, deben admitir que otros enfoques de la misma cuestión encuentran en el método principal de acción de estas organizaciones, razón suficiente para calificarlas de ese modo.
Muchas balas han silbado desde entonces, muchas violaciones a los derechos humanos han ocurrido en nuestro país, se perdió y se recuperó la democracia, y se están juzgando a los represores de la última dictadura. Y luego de casi 38 años del copamiento de la guarnición de Azul, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner envía al Congreso de la Nación una nueva Ley Antiterrorista.
La envía, además, dentro de un paquete de leyes que deben ser discutidas en un período extraordinario de sesiones, es decir que se trata de leyes que no pueden esperar, que para el Poder Ejecutivo son fundamentales, como el Presupuesto, para poder gobernar.
Cualquier turista que llegara a la Argentina en estos días y se enterase por los medios de esta cuestión, si quisiera hurgar un poco más en el tema, no encontraría en los diarios de la última semana, ni del último mes, ni del último año, ni del último lustro, ni del último decenio, una sola noticia que hablara de algún grupo terrorista accionando en nuestro país.
Cualquier persona que ha vivido en Argentina toda su vida, si se le preguntara cuál es el último atentado terrorista del que tiene memoria, seguramente contestaría: la voladura de la AMIA, ocurrida en julio de 1994.
¿Cuál es el problema entonces? ¿Y cuál es la urgencia?
Bueno pero, antes de pensar en la respuesta a esas preguntas, ¿qué es lo que se está modificando?
El proyecto del Poder Ejecutivo, que tiene media sanción en la Cámara de Diputados y que en los próximos días seguramente se convertirá en Ley cuando lo trate el Senado, deroga el siguiente texto:
Artículo 213 ter.- Se impondrá reclusión o prisión de CINCO (5) a VEINTE (20) años al que tomare parte de una asociación ilícita cuyo propósito sea, mediante la comisión de delitos, aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, siempre que ella reúna las siguientes características:
a) Tener un plan de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político;
b) Estar organizada en redes operativas internacionales;
c) Disponer de armas de guerra, explosivos, agentes químicos o bacteriológicos o cualquier otro medio idóneo para poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas.
Para los fundadores o jefes de la asociación el mínimo de la pena será de DIEZ (10) años de reclusión o prisión.
O sea que, hasta ahora, no bastaba con la "intención" de la "asociación ilícita" para que ésta sea considerada terrorista, sino que a sus fines (aterrorizar a la población u obligar a un gobierno a realizar un acto o abstenerse de hacerlo) debían sumarse las tres características mencionadas, entre las cuales, una no menor es la de disponer de armas de guerra.
O sea que hasta ahora, incluso una asociación ilícita que quisiera aterrorizar a alguien no podía ser considerada terrorista si lo hacía, digamos, mediante gritos. Una que quisiera obligar a un gobierno a hacer algo no podía ser considerada terrorista si lo hacía, digamos, mediante un corte de calle sin armas.
El nuevo texto dice lo siguiente:
"Cuando alguno de los delitos previstos en este código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población, la escala penal se incrementará en el doble del mínimo y del máximo. Si la finalidad fuese la de obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, se aplicará la misma escala siempre y cuando no se trate del ejercicio de un derecho constitucional"
Es decir que el terrorismo ya no es un delito tipificado, para el que deben concurrir simultáneamente el tipo de organización, la finalidad, el uso de armas, sino que es un agravante para cualquiera de los delitos tipificados en el código penal, y basta con la finalidad de aterrorizar a la población o de obligar a las autoridades a hacer algo o abstenerse, para que un agente del orden, un fiscal, o un juez, consideren a un colectivo como terrorista.
Entonces volvamos a las preguntas: ¿qué se persigue? ¿grupos armados? No, porque no hace falta que estén armados. ¿Odio racial? No, porque no hace falta el odio racial. ¿Conexiones internacionales? No, porque no hacen falta esas conexiones.
Ahora bien, si no hay armas, y no hay odio, ¿cómo se aterroriza a la población? ¿Haciendo una manifestación, por ejemplo?
No, dirán los defensores de este engendro. Porque dice claramente que esto no se aplica en el caso de un derecho constitucional. Pero bueno, ¿quién interpreta que una manifestación es el ejercicio de un derecho constitucional o un intento de obligar al gobierno a hacer algo?
Sobre todo después que la Presidenta, públicamente, dijo que en Argentina existe el derecho de huelga, pero no el derecho de extorsión o chantaje. ¿Quién interpretará, con este código penal, que una huelga es efectivamente el ejercicio de un derecho constitucional o una extorsión?
En el siguiente link, que aparece en la página de la cámara de diputados de la nación, aparecen todos los que votaron a favor y en contra del proyecto de Ley del ejecutivo:
Puede apreciarse que ningún diputado del Frente Para la Victoria votó en contra de este proyecto, ni tan siquiera se le ocurrió hacer alguna de las preguntas que figuran en este artículo.
¿Porqué ahora?
¿Porqué tanta urgencia?
¿Qué atentado estamos persiguiendo?
¿Qué organización?
La hija de Bidegain y la hija de Puiggrós votaron a favor. No es nada en particular. Es que no se puede entender. Muchos otros, con trayectoria indiscutible de compromiso con los derechos humanos y en contra de la represión a las protestas sociales, como Carlos Raimundi, también. Gente respetable como Sabbatella. Los chicos de La Cámpora, que con ese nombre deberían tener algún reparo. Gente que proviene del sector sindical como Gdansky y Plaini, justo una semana después de que se pusiera en duda si una huelga puede ser extorsión. El Canca Gullo, que era, supuestamente, el jefe de los que renunciaron en el 74. El propio Carlos Kunkel, uno de los renunciantes del 74, votó esta ley. Y es injusto mencionarlos a estos y no a todos los demás. Pero cada uno carga con su historia, cuando esta historia es pública.
Y después festejaron cantando... "Somos de la gloriosa Juventud Peronista, somos los herederos de Perón y de Evita..."
No hay nadie que sea dueño de la herencia de aquella gloriosa Juventud Peronista. No pueden ser ustedes, desde luego. No soy yo ni muchos otros que no piensan como ustedes, porque nadie es dueño de la gloria.
Sólo somos los dueños del recuerdo. De la experiencia. De los momentos vividos que nos marcaron para siempre. Y todos tienen derecho a una evolución diferente, en lo político y en lo personal, después de los mismos sucesos. Pero mis compañeros no hubieran votado esta mierda.
Algunos deberían lavarse la boca antes de hablar de "la Gloriosa Juventud Peronista".

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